LA INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LAS REDES SOCIALES COMO MEDIO TECNOLÓGICO DE PRUEBA


LA INFORMACIÓN PROVENIENTE DE LAS REDES SOCIALES COMO MEDIO TECNOLÓGICO DE PRUEBA

Las redes sociales son un medio de comunicación en el cual la sociedad interactúa e intercambia información constante de importancia; siendo este medio como una herramienta pertinente para marcas, artistas, agencias, grupos sociales, para darse a conocer y demás, compartiendo un interés común a través de internet. 

En este tema a tratar se describe un poco de que manera influyen las redes sociales como medio tecnológico de prueba en el cual abarca sobre los sucesos o hechos posibles en cuanto a probar la verdad de un acto ante un juez.  

La parte jurídica como medio aprobatorio a las redes sociales la ley aún no se ha expuesto a restringir los medios probatorios, sino adecuando a la interacción que se da en el hombre y la tecnología dando lugar como un medio idóneo de prueba, y que partiendo desde este inicio de aquella información o conceptos citados en las redes se considera como documento electrónico donde nos describe a fondo. La Ley 51 del 2008, es una ley de Panamá donde describe las atribuciones de autoridad registradora y certificadora raíz de firma electrónica y se optan otras disposiciones   Dando al desarrollo electrónico en el almacenamiento tecnológico de los documentos electrónicos, la firma electrónica, certificación y comercio electrónico.

Las redes sociales tienen unas características como medio de prueba en la cual resalta estas pruebas emanadas.    

   


Hoy en día las redes sociales han tomado una relevancia a nivel jurídico en cuanto a las pruebas de juicio que se han llevado a cabo por este medio que sin ninguna limitación con lleva a ciertas consecuencias en cuanto aquellas prohibiciones, que han dado en el ámbito laboral y que una u otra manera llega a implicar sobre posibles sanciones o medidas extremas ante este tipo de exposición en las redes sociales.

La admisibilidad y autentificación de las redes sociales pueden tener un valor jurídico dando así un reconocimiento eficaz a las pruebas obtenidas en las redes sociales para esto se tendrá en cuenta algunos criterios a tratar.



Teniendo en cuenta lo anterior se debe hacer un reconocimiento legal de su eficacia jurídica. La admisibilidad de estos medios son elementos contundentes a la convicción del juzgador de los hechos, para ello debe ser calificado como documento electrónico siendo este como medio de prueba admisible.
La autentificación de las pruebas son un mecanismo de la admisibilidad en el proceso de autenticado dado a una credibilidad y acreditación ante un juez y el aseguramiento de las pruebas. Así mismo dándose una inspección judicial del material que contiene las pruebas que se han llevado en el proceso.
De esta manera podemos ver que las redes sociales, aunque son un medio prejudicial en ciertos casos también nos permite y nos da a los espacios de la libre expresión de ámbitos personales, sociales, culturales y otros.




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EJERCICIO
A continuación, una sopa de letras a desarrollar teniendo en cuenta la información anterior, encuentre y subraya las siguientes palabras.
REDES SOCIALES
GRUPOS SOCIALES
INTERNET
INFORMACION
COMUNICACION
JUEZ
PRUEBA
ADMISIBILIDAD
TECNOLOGIA
PARTE JURIDICA
LEY
INDIRECTA
ATIPICA
CERTIFICACION
 






Bibliografía

doctrina.vlex.com.co. (22 de 07 de 2008). Obtenido de doctrina.vlex.com.co: http://doctrina.vlex.com.co/vid/informacion-proveniente-redes-sociales-631564558









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