Top de despidos laborales injustos en el país
Top de despidos
laborales injustos en el país
Escrito por: Luisa Fernanda Rodríguez
Tristemente
en Colombia, no todos los empleados tienen una buena calidad de trabajo, ocasionando
despidos injustificados en donde tenga que intervenir la ley para resarcir sus
derechos como empleado, a continuación vamos a analizar diferentes casos que
nos presenta el periódico el Tiempo (JUSTICIA, 2014) :
·
Por enfermedad
Una mujer estuvo
cuatro años desempeñándose en el área de servicios generales en una embajada.
Por su labor recibía un salario de un mínimo mensual legal. Con el paso de los
días y debido a su avanzada edad, empezó a presentar dolores en las
articulaciones, rodillas y hombros. El diagnóstico médico concluyó que padecía
de artritis reumatoide. Las recomendaciones señalaban que no podía levantar
objetos pesados, ni permanecer de pie por tiempo prolongado. Meses después de
informar a la embajada de la enfermedad, fue desvinculada con el argumento de
“bajo rendimiento laboral”. La mujer logró demostrar que, a pesar de haber
trabajado bajo los síntomas de su enfermedad, siempre cumplió responsable y
adecuadamente sus deberes.
La Corte al resolver
el caso aclaró que “un despido discriminatorio se produce tanto cuando se
evidencia que una condición física, fisiológica o psicológica motiva al
empleador a terminar el vínculo laboral, como en aquellos eventos en los que se
omite otorgar un trato especial de carácter favorable a una persona en
condición de discapacidad, o en estado de debilidad manifiesta por razones de
salud”.
Y por esa razón,
ordenó a la embajada que reintegrara a la mujer a un cargo similar al que venía
ocupando donde no se viera en riesgo su salud, dado el historial clínico que
tenía.
Según en el Artículo 64 del código sustantivo de trabajo asegura
que, en la terminación unilateral del contrato laboral a término fijo sin justa
causa, se debe indemnizar al trabajador por el valor de los salarios
correspondientes al tiempo que le falta por cumplir (Espectador, 2018) , afortunadamente esta mujer supo actuar
conforme la ley presentando sus soportes de salud, donde se demuestra que tiene
limitaciones físicas, por lo mismo el MIN obliga a que la reintegren en un área
donde pueda cumplir sus labores con mayor facilidad, según el CST Artículo 16
dice:
“Artículo 16
Los
Empleadores están obligados a:
a)
A reinstalar a los trabajadores en los cargos que desempeñaban si recuperan su
capacidad de trabajo. La existencia de una incapacidad parcial no será
obstáculo para la reinstalación, si los dictámenes médicos determinan que el
trabajador puede continuar desempeñando el trabajo;
b)
A proporcionar a los trabajadores incapacitados parcialmente un trabajo
compatible con sus aptitudes, para lo cual deberán efectuar los movimientos de
personal que sean necesarios.”
-Por embarazo
A una mujer que fue
contratada por prestación de servicios para realizar labores de oficina en una
empresa de consultoría en ingeniería le fueron suspendidos sus servicios debido
a que, cuando tenía seis meses de embarazo, se negó a realizar un turno
nocturno debido al estado en el que se encontraba y la molestia que le podía
generar para su salud.
La demandante pretendía
que le fuera protegido su fuero de maternidad que, según exponía ante la Corte,
le fue violado. El alto tribunal en el estudio del caso determinó que el
contrato ya se había cumplido para el momento en que no le volvieron a requerir
sus servicios, tras haberse negado a hacer un turno nocturno. Sin embargo la
Corte advirtió que primaba su condición de embarazada. Por lo tanto, ordenó a
la empresa reconocer y pagar todo lo que correspondiera a la licencia de
maternidad que le correspondía.
Los contratos de prestación de
servicios, tienen condiciones especiales dentro de estos, pero la situación de
embarazo hace que prima la vida del bebe que vienen en camino y se evite toda condición
de riesgo para la mama como para él bebe, muchos al desconocer la ley permiten
situaciones como estas. Por eso es importante asesorarse para evitar un despido
sin justa causa
Referencias
Espectador, E. (10 de AGOSTO de 2018). ¿Lo
despidieron de su trabajo sin justa causa? EL ESPECTADOR, pág. 1.
JUSTICIA. (12 de AGOSTO de 2014). Top cinco de despidos
laborales injustos en el país. EL TIEMPO, pág. 1.
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