EL PAGO DE INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD COMÚN Y EL DERECHO AL MÍNIMO VITAL DE UN TRABAJADOR EN COLOMBIA
EL
PAGO DE INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD COMÚN Y EL DERECHO AL MÍNIMO VITAL DE UN
TRABAJADOR EN COLOMBIA
Escrito
por: Lady Marcela Monroy Soler
Colombia como un estado
social de derecho tienen la obligación de garantizar los derechos sociales por
medio de legislación y políticas de protección social en pro del carácter
individual y colectivo; Según (Const., 1991, art. 48) “La Seguridad Social es un
servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección,
coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia,
universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.” De igual
manera garantiza el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación
de la salud fundamentando que tienen el deber de velar por el cuidado integral
de la salud. (Duque, Quintero, & González, 2017)
Los sistemas de seguridad
social pretenden extender los beneficios a toda la población obligando al
estado y la sociedad a ofrecer un mínimo de bienestar sin importar los aportes
económicos que pueda realizar cada uno para pagar por los servicios es
necesario tener en cuenta que en esa época en América Latina predominaban otro
tipo de sistemas de salud; sin embargo a finales de la década de los
80´s se hicieron una serie de ajustes a los programas los cuales
fueron de carácter obligatorio por el Fondo Monetario Internacional, estaban
basados en reformas económicas, recorte del gasto público y demás
modificaciones las cuales generaban un ambiente propicio para la inversión
extrajera. Hubo una presión por parte de las instituciones financieras
internacionales para la creación de cambios en pro de la crisis que se estaba
afrontando; fue en ese momento cuando se expidió la ley 100 de 1993 la cual se
encarga de regular el Sistema Integra de Seguridad Social en salud y da origen
a los dos regímenes: Régimen contributivo y el régimen subsidiado (Duque,
Quintero, & González, 2017)
El régimen subsidiado se
define como una vinculación del individuo a un Sistema General de Seguridad
Social en salud y el pago de la vinculación se hace a través de una cotización
subsidiada total o parcial con recursos fiscales o de solidaridad como lo establece
la (Ley 100, 1993) Mediante este régimen se financia la salud de las personas
mas vulnerables que no tienen la capacidad de cotizar.
El régimen contributivo se
rige a partir de la vinculación laboral del individuo y su familia al Sistema General de Seguridad Social en
salud y el pago es financiado por el
empleador o la nación según sea el caso. (Duque, Quintero, & González, 2017)
Para tener en cuenta: El
préstamo de un servicio de salud causado por una incapacidad no profesional
entra a ser asumida por el Sistema de Seguridad Social en Salud a través del
régimen contributivo y el servicio que se prestaba según el Código sustantivo
de trabajo como un auxilio a hora de transformo en un derecho prestacional. Con
la vigencia de la ley 100 de 1993 las prestaciones por incapacidad laboral por
enfermedad general ahora están a cargo del Sistema General de Seguridad Social
en salud y no por parte del empleador como lo establece el Código Sustantivo de
trabajo. El auxilio monetario por enfermedad no profesional no puede ser
inferior al Salario Mínimo Legal Vigente, la corte Constitucional ha sido
insistente que el mínimo vital es un derecho fundamental de dignidad humana ya
que estos recursos están destinados a necesidades básicas individuales de la
dignidad humana; el pago de las incapacidades hace las veces del salario que
recibía el trabajador, este se recibe mientras este se encuentra en
recuperación alejado de sus labores de trabajo. (Duque, Quintero, &
González, 2017)
El pago de la licencia por
incapacidad laboral la cual no es de origen profesional es una protección al
derecho de la salud.
BIBLIOGRAFÍA
Duque, S., Quintero, M.,
& González, P. (2017). El pago de incapacidades por enfermedad común y el
derecho al mínimo vital de un trabajador en Colombia. Revista de la Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas, 383-405. Recuperado de: http://www.scielo.org.co/pdf/rfdcp/v47n127/0120-3886-rfdcp-47-127-383.pdf
Congreso de la Republica de
Colombia. (23 de diciembre de 1993) Sistema De Seguridad Social Integral. [Ley
100 de 1993]. DO: Diario Oficial No. 41.148. Recuperado de: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc /ley_0100_1993.html
Constitución política de
Colombia [Const.] (1991) Artículo 48 [Titulo II]. 2da Ed. Legis. Recuperado
de: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ constitucion_politica_1991.html#1
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